Arquitectura para nuevas formas de habitar
De local a vivienda en Tres Cantos.
Descubre qué pide tu municipio y cuéntanos cómo es tu local. Te ayudamos a estudiar sus posibilidades antes de dar el siguiente paso.
Consulta las fuentes y el estado de revisión de cada municipio.
Cada municipio tiene sus reglas.
Empieza por la ubicación. Las condiciones generales y las de tu parcela deben estudiarse juntas.
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El estado indica el alcance de la información publicada, no la viabilidad de un local. Puedes consultar cualquier municipio del directorio.
Requisitos en Tres Cantos
Revisión parcial · consulta 28/10/2026Esta ficha contiene información parcial. Consulta los puntos pendientes y las condiciones de aplicación antes de valorar tu local.
Condiciones generales de vivienda, especialmente residencial multifamiliar. La ordenanza y ficha de parcela pueden imponer condiciones específicas.
Programa, fachada y superficie
En residencial multifamiliar: estancia-comedor, cocina integrable, dormitorio doble y aseo. El frente debe superar 4 m a vía pública, patio de manzana o espacio libre de parcela admitido. Para lo no regulado, el PGOU remite a normativa VPO y disposiciones básicas; no se ha cerrado un umbral total universal.
Vol. III, cap. 2, uso residencial multifamiliar, apartados 3 y 6; páginas impresas 8 y 10 (PDF 14 y 16). Consultar documento ↗Altura y circulación interior
Altura general de 2,50 m; 2,20 m en cocina, aseos, servicios y pasillos. Bajo cubierta: 2,50 m en al menos la mitad de la superficie y 1,50 m en el punto más bajo. Pasillos de al menos 0,90 m.
Vol. III, cap. 2, uso residencial multifamiliar, apartado 3; página impresa 8 (PDF 14). Consultar documento ↗Luz, ventilación y patios
Los huecos naturales de piezas habitables deben alcanzar 1/8 de su superficie; la parte practicable de cada pieza de vivienda, 1/12 de su superficie útil. Los patios de piezas habitables exigen H/3 y al menos 3 m; la antigua UA-5 tiene una restricción específica para piezas vinculadas a patios interiores.
Vol. II, arts. 3.2.5.1 y 3.2.6.1; páginas impresas 56–58 (PDF 57–59). Consultar documento ↗Sótanos, semisótanos y humos
No se admiten dormitorios ni estancias principales residenciales en sótanos. La excepción de piezas vivideras en semisótanos corresponde a edificaciones unifamiliares, con condiciones. La evacuación de humos requiere conductos y no puede resolverse libremente por fachada.
Vol. II, arts. 3.2.3.2–3.2.3.3 y 3.2.6.2; páginas impresas 51–52 y 58–59. Consultar documento ↗Acceso común y varias viviendas
El portal de vivienda multifamiliar se regula con ancho y profundidad mínimos de 2,50 m, altura de 2,60 m y puerta de 1,30 m; el acceso a escalera o ascensor tiene anchura de 1,50 m. Crear varias viviendas exige comprobar el uso, la densidad y las condiciones del ámbito, además del programa de cada unidad.
Vol. III, cap. 2, uso residencial multifamiliar, apartado 5; página impresa 9 (PDF 15); capítulos de ordenanzas y fichas de zona. Consultar documento ↗Aparcamiento
La norma multifamiliar fija 1 plaza para vivienda de hasta 60 m² útiles, 1,5 entre 60 y 120 m² y 2 por encima de 120 m²; añade el estándar de 1,5 plazas por 100 m² edificables o fracción. Su aplicación a una conversión, los redondeos y la ordenanza del ámbito deben justificarse en el expediente.
Vol. III, cap. 2, uso residencial multifamiliar, apartado 5.g; página impresa 9 (PDF 15). Consultar documento ↗Tramitación
El Ayuntamiento incluye en declaración responsable los cambios que no alteran el uso característico del edificio. Las actuaciones que precisan proyecto conforme a la LOE están sujetas al régimen de licencia que corresponda; la primera ocupación se declara conforme al régimen vigente. El proyecto debe justificar también CTE y accesibilidad.
Ley 9/2001 consolidada, arts. 152.b y 155.c/i; fichas municipales de declaración responsable de obra y licencias urbanísticas. Consultar documento ↗Remisión a vivienda protegida
La guía regional exige justificar el CTE y las NTC-VPP-97 en los puntos que sigan vigentes. Se han localizado esos textos, pero su aplicación supletoria a una conversión de vivienda libre en Tres Cantos requiere concretar el criterio municipal. No se deduce de ellos un mínimo total único para el cuestionario.
PGOU, Vol. III, uso residencial multifamiliar, apartado 6; guía regional de calificación de vivienda protegida; Orden de 18/04/1997, NTC-VPP-97.Ver las fuentes oficiales y la versión consultada
PGOU definitivo de 07/05/2003, publicado 03/07/2003: volúmenes II y III municipales. Catálogos de modificaciones, planes especiales y estudios de detalle revisados el 28/10/2026. Resumen orientativo; prevalecen las publicaciones oficiales y las condiciones particulares de la parcela.
- Repositorio municipal del PGOU y modificaciones ↗
- PGOU Vol. II: Normas Urbanísticas Generales ↗
- PGOU Vol. III: Normativa pormenorizada ↗
- Ayuntamiento: declaración responsable de obra ↗
- Ayuntamiento: licencias urbanísticas ↗
- Ley del Suelo de Madrid: títulos habilitantes vigentes ↗
- Ayuntamiento: estudios de detalle y sus acuerdos ↗
- Ayuntamiento: planes especiales ↗
- Comunidad de Madrid: normativa técnica de vivienda protegida ↗
- BOE: Código de la Vivienda de la Comunidad de Madrid, NTC-VPP-97 ↗
- 01 · Ubicación
- 02 · Medidas
- 03 · El local
- 04 · Tu consulta
De la primera duda
a un proyecto con sentido.
En Hosteleate conectamos arquitectura, ingeniería y obra. Definimos contigo qué necesitas y qué parte del proceso quieres que asumamos.
- Estudiar la viabilidad
Ubicación, medidas, antecedentes y condiciones urbanísticas.
- Definir y tramitar el proyecto
Distribución, documentación técnica y procedimiento municipal.
- Ejecutar y finalizar
Coordinación de obra, instalaciones y documentación de cierre según el encargo.
Antes de dar el siguiente paso.
¿Todos los locales pueden convertirse en vivienda?
No. Primero debe ser admisible el uso residencial en esa ubicación. Después se revisan las condiciones del local y del edificio. Las medidas por sí solas no confirman la viabilidad.
¿Puedo obtener dos viviendas de un solo local?
Puede ser posible, pero cada unidad debe cumplir sus propias condiciones y las del planeamiento. Dividir la superficie total entre la superficie mínima no determina cuántas viviendas se pueden autorizar.
¿Y si mi municipio tiene información pendiente?
El directorio indica el alcance de cada ficha: referencias verificadas, revisión parcial o pendiente. Puedes completar la consulta en todos los casos. Revisaremos los puntos que falten sin trasladar automáticamente los requisitos de otra localidad.
¿Necesito planos o ser ya propietario?
Puedes consultarnos con medidas aproximadas o si estás valorando una compra. Indica los datos que conoces. El alcance y presupuesto de un estudio técnico se concretan después, según la documentación y las comprobaciones necesarias.
¿El resultado del cuestionario es un informe de viabilidad?
No. Es una orientación inicial basada en tus respuestas y en las referencias publicadas. La revisión profesional debe comprobar la parcela, la documentación, las medidas y las soluciones del proyecto.
Antes de decidir, hablemos de tu local.
Una dirección y tu idea son un buen comienzo.
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