Arquitectura para nuevas formas de habitar
De local a vivienda en Arroyomolinos.
Descubre qué pide tu municipio y cuéntanos cómo es tu local. Te ayudamos a estudiar sus posibilidades antes de dar el siguiente paso.
Consulta las fuentes y el estado de revisión de cada municipio.
Cada municipio tiene sus reglas.
Empieza por la ubicación. Las condiciones generales y las de tu parcela deben estudiarse juntas.
Ver los 24 municipios incluidos
El estado indica el alcance de la información publicada, no la viabilidad de un local. Puedes consultar cualquier municipio del directorio.
Requisitos en Arroyomolinos
Referencias verificadas · consulta 28/10/2026Condiciones generales residenciales de las NNSS. Deben añadirse la clave de ordenanza y las normas del sector; los planes parciales y especiales pueden imponer condiciones adicionales.
Programa mínimo
El programa mínimo contiene sala de estar, dormitorio doble, cocina, baño y almacenaje. Para un dormitorio, la tabla fija 14 m² de estar independiente o 20 m² de estar-comedor-cocina; el dormitorio principal debe superar 10 m² y el baño 3 m². No debe sumarse esta tabla y anunciar el resultado como mínimo total universal.
NNSS, Título V, arts. 5.08–5.09, páginas V.4–V.5 (PDF 4–5). Consultar documento ↗Relación con el exterior
El art. 5.08 exige una estancia de más de 14 m² con hueco a calle, plaza o espacio público libre o abierto entre bloques. También contempla patios privados de manzana o parcela en los que pueda inscribirse tangencialmente un círculo de 10 m de diámetro.
NNSS, art. 5.08.2, página V.4 (PDF 4). Consultar documento ↗Altura libre
La regla general es 2,50 m entre pavimento y techo, con 2,20 m en vestíbulos, pasillos y aseos. El artículo prevé particularidades bajo cubierta y reducción por decoración, falsos techos y acabados; hace falta medir e interpretar el caso antes de emitir un resultado automático.
NNSS, art. 5.10, página V.5 (PDF 5). Consultar documento ↗Zona, tipología y número de viviendas
Los usos se regulan por clave de ordenanza y por el planeamiento de desarrollo. El residencial debe situarse en la edificación principal y se prohíbe expresamente en edificaciones auxiliares. La posibilidad de obtener varias viviendas exige comprobar tipología y densidad del ámbito.
NNSS, arts. 5.01–5.02 y 5.07, páginas V.1 y V.3. Consultar documento ↗Régimen especial de octubre de 2026
El acuerdo aplica el régimen especial a suelos terciarios de oficinas u hospedaje y dotacionales privados para vivienda protegida en arrendamiento. Excluye APD Valdefuentes, SAU-4 a Valdearenal Norte, SAU-4 b Valdearenal Sur y APD-2 Parque de Nieve. No autoriza por sí solo todo cambio de local comercial a vivienda libre.
Acuerdo del Pleno de 01/10/2026, anuncio firmado 06/10/2026, puntos primero y segundo, página 1. Consultar documento ↗Luz, patios y rasante
Las piezas habitables necesitan ventilación natural mediante huecos. En sótanos y semisótanos se excluyen piezas vivideras residenciales, salvo la excepción de vivienda unifamiliar y restantes condiciones. Los patios de dormitorios requieren diámetro 0,30 H y superficie≥H²/8, con mínimos de 3 m y 9 m²; existe una reducción específica para vivienda unifamiliar de una planta.
NNSS, Título IV, arts. 4.57–4.60, páginas IV.12–IV.13 (PDF 12–13). Consultar documento ↗Accesos y portal
El art. 5.11 fija hueco de acceso al edificio de al menos 2 m de alto y 0,82 m de ancho. En nueva edificación multifamiliar, el art. 4.83 exige puerta de 1,30 m de ancho y más de 2 m de alto, portal de 2 m hasta escalera/ascensor y distribuidores de más de 1,20 m. Su aplicación a la adaptación existente debe justificarse junto con la accesibilidad vigente.
NNSS, Título V, art. 5.11, página V.5; Título IV, art. 4.83, página IV.20 (PDF 20). Consultar documento ↗Extracción y aparcamiento
El art. 5.13 exceptúa campanas de cocina y calderas individuales de la prohibición general de salida de humos por fachada, con conductos apropiados y sujeción a la ordenanza ambiental. Debe justificarse la solución técnica actual y el CTE. Las plazas exigibles se determinan por la clave de ordenanza; el art. 5.57 se refiere a ampliación y nueva planta.
NNSS, Título V, arts. 5.13 y 5.57, páginas V.6 y V.18 (PDF 6 y 18); Título IV, arts. 4.59 y 4.75, páginas IV.13 y IV.17–18. Consultar documento ↗Tramitación y documentación
La ordenanza municipal contempla expresamente el paso de local comercial a vivienda. El título de las obras debe encajarse en la legislación actual: licencia cuando se requiere proyecto LOE y declaración responsable sólo en los supuestos legalmente previstos. Se necesita documentación técnica de distribución, cumplimiento urbanístico y CTE; la primera ocupación sigue el régimen regional de declaración responsable.
Ordenanza 2012, art. 94, BOCMp.88; Ley 9/2001 consolidada, arts. 152.b y 155.c/i. La terminología de licencia de primera ocupación de 2012 debe leerse con la ley posterior. Consultar documento ↗Ver las fuentes oficiales y la versión consultada
NNSS, documento refundido de agosto de 2001, títulos IV y V oficiales con diligencia de aprobación 02/08/2001; ordenanza de licencias BOCM 14/08/2012 y régimen regional actualizado. Acuerdo Ley 2/2026 de 01/10/2026. Revisión 28/10/2026. Resumen orientativo; prevalecen las publicaciones oficiales y las condiciones particulares de la parcela.
- NNSS: Título V, condiciones de los usos ↗
- Índice municipal de normas subsidiarias ↗
- Acuerdo de aplicación territorial de la Ley 2/2026 ↗
- Trámites municipales de Urbanismo ↗
- NNSS:Título IV, normas generales de edificación ↗
- Ordenanza municipal de licencias: texto íntegro BOCM 14/08/2012 ↗
- Ley del Suelo de Madrid: régimen vigente de licencia y declaración responsable ↗
- Comunidad de Madrid: informe ambiental de modificación UE 6/calle Álamo ↗
- 01 · Ubicación
- 02 · Medidas
- 03 · El local
- 04 · Tu consulta
De la primera duda
a un proyecto con sentido.
En Hosteleate conectamos arquitectura, ingeniería y obra. Definimos contigo qué necesitas y qué parte del proceso quieres que asumamos.
- Estudiar la viabilidad
Ubicación, medidas, antecedentes y condiciones urbanísticas.
- Definir y tramitar el proyecto
Distribución, documentación técnica y procedimiento municipal.
- Ejecutar y finalizar
Coordinación de obra, instalaciones y documentación de cierre según el encargo.
Antes de dar el siguiente paso.
¿Todos los locales pueden convertirse en vivienda?
No. Primero debe ser admisible el uso residencial en esa ubicación. Después se revisan las condiciones del local y del edificio. Las medidas por sí solas no confirman la viabilidad.
¿Puedo obtener dos viviendas de un solo local?
Puede ser posible, pero cada unidad debe cumplir sus propias condiciones y las del planeamiento. Dividir la superficie total entre la superficie mínima no determina cuántas viviendas se pueden autorizar.
¿Y si mi municipio tiene información pendiente?
El directorio indica el alcance de cada ficha: referencias verificadas, revisión parcial o pendiente. Puedes completar la consulta en todos los casos. Revisaremos los puntos que falten sin trasladar automáticamente los requisitos de otra localidad.
¿Necesito planos o ser ya propietario?
Puedes consultarnos con medidas aproximadas o si estás valorando una compra. Indica los datos que conoces. El alcance y presupuesto de un estudio técnico se concretan después, según la documentación y las comprobaciones necesarias.
¿El resultado del cuestionario es un informe de viabilidad?
No. Es una orientación inicial basada en tus respuestas y en las referencias publicadas. La revisión profesional debe comprobar la parcela, la documentación, las medidas y las soluciones del proyecto.
Antes de decidir, hablemos de tu local.
Una dirección y tu idea son un buen comienzo.
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