Arquitectura para nuevas formas de habitar
De local a vivienda en Majadahonda.
Descubre qué pide tu municipio y cuéntanos cómo es tu local. Te ayudamos a estudiar sus posibilidades antes de dar el siguiente paso.
Consulta las fuentes y el estado de revisión de cada municipio.
Cada municipio tiene sus reglas.
Empieza por la ubicación. Las condiciones generales y las de tu parcela deben estudiarse juntas.
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El estado indica el alcance de la información publicada, no la viabilidad de un local. Puedes consultar cualquier municipio del directorio.
Requisitos en Majadahonda
Referencias verificadas · consulta 28/10/2026Referencias generales residenciales verificadas y criterios municipales de aplicación. En ZonaE deben comprobarse el planeamiento heredado, el uso principal de la parcela y sus condiciones particulares.
Programa y superficie
La vivienda ordinaria se define por vestíbulo, cocina, estancia-comedor, baño, dormitorio principal o dos sencillos y armario. El apartamento puede integrar estancia-comedor-cocina-dormitorio y aseo completo, con al menos 25 m² útiles, siempre que no lo impidan las normas de zona. No se incluyen terrazas, balcones, miradores, tendederos ni espacios con altura libre inferior a 2,20 m.
PGOU, arts. 147 y 148.2; BOCM20/02/1998, p.43; PDF oficial p.26.Distribución y pasos
Mínimos del programa: estancia 14 m²; estancia-comedor 18 m², o 20 m² con cuatro o más dormitorios; estancia-comedor-cocina 20 m²; cocina 6 m²; dormitorio principal 12 m², doble 10 m² y sencillo 7 m²; baño 3 m². El baño no accede desde cocina ni dormitorio; si se accede desde estancia, debe interponerse distribuidor con doble puerta. En viviendas con varios baños se contempla la excepción para los adicionales.
PGOU, art. 148.2; BOCM pp.43–44; PDF pp.26–27.Exterior, fachada y rasante
Las piezas habitables deben disponer de huecos a los espacios admitidos y al menos uno a calle, espacio libre público, privado en contacto con vía pública o patio abierto a ella, con las condiciones de zona. Ningún punto de la pieza habitable puede quedar a más de 7,5 m de su hueco. La vivienda colectiva de nueva edificación no puede tener piezas habitables con suelo por debajo del terreno en contacto. El art. 147 delimita la aplicación a obras en edificios existentes.
PGOU, arts. 147 y 148.1; BOCM p.43; PDF p.26.Altura: dos reglas que deben comprobarse
El art. 148.3 exige 2,50 m entre suelo y techo en al menos 75 % de la superficie útil y permite 2,20 m en el resto. Además, el art. 106 establece una altura libre mínima de 3,00 m para planta baja y 2,50 m para plantas de piso. El compendio reproduce esta tabla y solo contempla motivadamente superar alturas máximas. La aplicación conjunta al local existente debe justificarse; no se activa una aceptación automática a partir de 2,50 m.
PGOU, art. 106: BOCM p.34/PDF p.17; art. 148.3: BOCM p.44/PDF p.27. Compendio 2023, PDF p.22.Accesos y compatibilidad por parcela
El art. 148.5 regula el acceso a las viviendas colectivas a través de espacios comunes; exige un paso mínimo de 1,10 m en el recorrido interior de la parcela, sin perjuicio de accesibilidad y normativa técnica vigente. En ZonaE, el criterio municipal conserva el planeamiento heredado: no convierte cualquier parcela terciaria o dotacional en residencial.
PGOU, art. 148.5; BOCM p.44/PDF p.27. Compendio, interpretación art. 205, PDF pp.30–31.Dotación de aparcamiento
El art. 148.6 exige una plaza por cada 100 m² y, en todo caso, por unidad residencial. La interpretación municipal exige una plaza por vivienda o cada 100 m² construidos o fracción: una vivienda de más de 100 m² exige dos. Para cambios de uso se compara la situación reformada del edificio con la dotación legal existente; si hay déficit no compensado ni situado en otro emplazamiento, debe completarse.
PGOU, art. 148.6, BOCM p.44/PDF p.27. Compendio municipal 2023, art. 148.6 y acuerdo 27/12/2001, PDF pp.28–29.Título habilitante
El catálogo asigna licencia a cambios del uso característico del edificio y declaración responsable a cambios no característicos. Las obras se clasifican además por su alcance. Existe formulario específico DR 02B CUNC; una DR exige poder justificar el cumplimiento, no sustituye las condiciones urbanísticas.
Catálogo municipal Trámites y Servicios, tabla Cambios de uso; formulario DR 02B CUNC, consulta 27/10/2026.Vivienda protegida: régimen separado
El acuerdo de 24/09/2026, publicado el 08/10/2026, adapta los regímenes especiales de la Ley 3/2024 a la Ley 2/2026. Entre sus condiciones, la autorización residencial alternativa se limita a parcelas vacantes de edificación a la entrada en vigor de la Ley 2/2026. No debe presentarse como autorización general para convertir locales existentes.
BOCM-20261008-69, pp. 266–268, especialmente apartado 2.2, p. 267.Ver las fuentes oficiales y la versión consultada
PGOU1998: normas publicadas en BOCM20/02/1998 y archivo oficial de la Comunidad de Madrid. Compendio municipal de criterios 23/06/2023. Trámites y novedades revisados el 28/10/2026. Resumen orientativo; prevalecen las publicaciones oficiales y las condiciones particulares de la parcela.
- 01 · Ubicación
- 02 · Medidas
- 03 · El local
- 04 · Tu consulta
De la primera duda
a un proyecto con sentido.
En Hosteleate conectamos arquitectura, ingeniería y obra. Definimos contigo qué necesitas y qué parte del proceso quieres que asumamos.
- Estudiar la viabilidad
Ubicación, medidas, antecedentes y condiciones urbanísticas.
- Definir y tramitar el proyecto
Distribución, documentación técnica y procedimiento municipal.
- Ejecutar y finalizar
Coordinación de obra, instalaciones y documentación de cierre según el encargo.
Antes de dar el siguiente paso.
¿Todos los locales pueden convertirse en vivienda?
No. Primero debe ser admisible el uso residencial en esa ubicación. Después se revisan las condiciones del local y del edificio. Las medidas por sí solas no confirman la viabilidad.
¿Puedo obtener dos viviendas de un solo local?
Puede ser posible, pero cada unidad debe cumplir sus propias condiciones y las del planeamiento. Dividir la superficie total entre la superficie mínima no determina cuántas viviendas se pueden autorizar.
¿Y si mi municipio tiene información pendiente?
El directorio indica el alcance de cada ficha: referencias verificadas, revisión parcial o pendiente. Puedes completar la consulta en todos los casos. Revisaremos los puntos que falten sin trasladar automáticamente los requisitos de otra localidad.
¿Necesito planos o ser ya propietario?
Puedes consultarnos con medidas aproximadas o si estás valorando una compra. Indica los datos que conoces. El alcance y presupuesto de un estudio técnico se concretan después, según la documentación y las comprobaciones necesarias.
¿El resultado del cuestionario es un informe de viabilidad?
No. Es una orientación inicial basada en tus respuestas y en las referencias publicadas. La revisión profesional debe comprobar la parcela, la documentación, las medidas y las soluciones del proyecto.
Antes de decidir, hablemos de tu local.
Una dirección y tu idea son un buen comienzo.
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