Arquitectura para nuevas formas de habitar
De local a vivienda en Collado Villalba.
Descubre qué pide tu municipio y cuéntanos cómo es tu local. Te ayudamos a estudiar sus posibilidades antes de dar el siguiente paso.
Consulta las fuentes y el estado de revisión de cada municipio.
Cada municipio tiene sus reglas.
Empieza por la ubicación. Las condiciones generales y las de tu parcela deben estudiarse juntas.
Ver los 24 municipios incluidos
El estado indica el alcance de la información publicada, no la viabilidad de un local. Puedes consultar cualquier municipio del directorio.
Requisitos en Collado Villalba
Referencias verificadas · consulta 28/10/2026Conversión en edificios residenciales multifamiliares, con comprobación de uso, legalidad, densidad y condiciones del inmueble.
Superficie y programa
La vivienda ordinaria requiere al menos 40 m² útiles. El régimen de unidades desde 20 m² corresponde exclusivamente a alojamiento comunitario con servicios comunes, no a un apartamento independiente. El programa incluye estancia-comedor, dormitorio doble, cocina, aseo, vestíbulo y almacenaje.
Criterio interpretativo aprobado 24/09/2020, BOCM 01/03/2021, p.183; PGOU refundido 2020, art. 3.2.2.1, p.41 (PDF 48). Consultar documento ↗Dimensiones y alturas
El PGOU fija estancia-comedor de 14 m², dormitorio doble de 8 m² sin armario, cocina independiente de 6 m² y aseo de 3 m², con dimensiones de inscripción. La altura de 2,50 m se formula para viviendas de nueva planta; aseos y pasillos admiten 2,20 m. En adaptación de edificios existentes, el art. 3.2.2 contempla justificación de condiciones sustitutorias: no es una exención automática.
PGOU refundido 2020, arts.F/3.1.3 y F/3.1.6, p.34 (PDF 41); arts. 3.2.2–3.2.2.2, pp.41–42 (PDF 48–49). Consultar documento ↗Exterior, iluminación y ventilación
Acristalamiento mínimo de 1/8 de la superficie útil de cada habitación y hueco practicable de 1/12. Los aseos sin ventana admiten conducto de ventilación homologado. La vivienda interior exige un patio de parcela con superficie superior a 3 H² y distancia perpendicular al menos H; no se acredita una fachada mínima universal en metros.
PGOU refundido 2020, art.E/3.1.3.1, p.30 (PDF 37); art. 3.2.2.6, p.44 (PDF 51). Consultar documento ↗Acceso y varias viviendas
Portal mínimo de 2,50×2,50 m. Deben justificarse los recorridos accesibles y el acceso común del uso residencial multifamiliar. La división depende de la densidad y ordenanza del ámbito; no basta dividir la superficie del local entre 40 m². El formulario municipal advierte de ámbitos con limitaciones de vivienda y de locales que sean aparcamiento obligatorio.
PGOU refundido 2020, art. 3.2.2.3, p.42 (PDF 49), y uso residencial multifamiliar, p.69 (PDF 76); formulario municipal Mar 22, p.4. Consultar documento ↗Cota y edificios fuera de ordenación
Un local bajo la entrada del edificio puede estudiarse si su forjado inferior queda sobre la rasante de su fachada exterior y cumple las condiciones del acuerdo. También se contemplan edificios residenciales parcialmente fuera de ordenación, con licencia original, local legal y sin impedimentos de densidad, aparcamiento obligatorio o gestión pendiente.
BOCM 11/07/2025, acuerdos 50 y 51, pp.161–162; deben cumplirse íntegramente sus condiciones. Consultar documento ↗Extracción de cocina
Cuando resulte imposible un conducto independiente directo a cubierta en un edificio existente, puede proponerse carbón activo con justificación documental de prestaciones equivalentes al CTE, responsabilidad del proyectista y conformidad del promotor. El acuerdo no es una dispensa general de ventilación.
BOCM 11/07/2025, acuerdo 52, p.163. Consultar documento ↗Aparcamiento
Los estándares del uso multifamiliar son 1 plaza por vivienda de hasta 50 m² útiles y 1,5 por encima, con excepciones según parcela. La obligación complementaria se regula para nueva planta y ampliación, y puede exigirse en transformaciones cuya intensidad altere de forma importante las necesidades de aparcamiento. Debe justificarse el caso concreto.
PGOU refundido 2020, arts. 5.1.1.5, pp.66–67 (PDF 73–74), y 5.1.3, uso residencial multifamiliar, p.70 (PDF 77). Consultar documento ↗Licencia y primera ocupación
El Ayuntamiento dispone de solicitud específica de licencia de cambio de uso, con proyecto, dirección facultativa, documentación urbanística y justificación técnica. La consulta favorable inicia el recorrido de licencia de cambio o legalización y declaración responsable de primera ocupación; no autoriza por sí misma la transformación.
Formulario municipal v 1.1 Mar 22, pp.2–5; BOCM 11/07/2025, acuerdos 50–51, párrafos finales del acuerdo primero. Consultar documento ↗Ver las fuentes oficiales y la versión consultada
PGOU, Vol. II refundido municipal de febrero de 2020; criterio de habitabilidad BOCM 01/03/2021 y criterios BOCM 11/07/2025. Formulario municipal v 1.1 Mar 22 contrastado. Revisión: 28/10/2026. Resumen orientativo; prevalecen las publicaciones oficiales y las condiciones particulares de la parcela.
- Ayuntamiento: formulario y requisitos del cambio de uso ↗
- BOCM 11/07/2025: cota y sótanos ↗
- BOCM 11/07/2025: fuera de ordenación ↗
- BOCM 11/07/2025: extracción de cocina ↗
- Ayuntamiento: criterios interpretativos del PGOU ↗
- Ayuntamiento: PGOU y normativa ↗
- PGOU Vol. II: refundido municipal febrero de 2020 ↗
- BOCM 01/03/2021: mínimo de 40 m² útiles y alojamiento comunitario ↗
- Ayuntamiento: modificaciones y texto refundido ↗
- 01 · Ubicación
- 02 · Medidas
- 03 · El local
- 04 · Tu consulta
De la primera duda
a un proyecto con sentido.
En Hosteleate conectamos arquitectura, ingeniería y obra. Definimos contigo qué necesitas y qué parte del proceso quieres que asumamos.
- Estudiar la viabilidad
Ubicación, medidas, antecedentes y condiciones urbanísticas.
- Definir y tramitar el proyecto
Distribución, documentación técnica y procedimiento municipal.
- Ejecutar y finalizar
Coordinación de obra, instalaciones y documentación de cierre según el encargo.
Antes de dar el siguiente paso.
¿Todos los locales pueden convertirse en vivienda?
No. Primero debe ser admisible el uso residencial en esa ubicación. Después se revisan las condiciones del local y del edificio. Las medidas por sí solas no confirman la viabilidad.
¿Puedo obtener dos viviendas de un solo local?
Puede ser posible, pero cada unidad debe cumplir sus propias condiciones y las del planeamiento. Dividir la superficie total entre la superficie mínima no determina cuántas viviendas se pueden autorizar.
¿Y si mi municipio tiene información pendiente?
El directorio indica el alcance de cada ficha: referencias verificadas, revisión parcial o pendiente. Puedes completar la consulta en todos los casos. Revisaremos los puntos que falten sin trasladar automáticamente los requisitos de otra localidad.
¿Necesito planos o ser ya propietario?
Puedes consultarnos con medidas aproximadas o si estás valorando una compra. Indica los datos que conoces. El alcance y presupuesto de un estudio técnico se concretan después, según la documentación y las comprobaciones necesarias.
¿El resultado del cuestionario es un informe de viabilidad?
No. Es una orientación inicial basada en tus respuestas y en las referencias publicadas. La revisión profesional debe comprobar la parcela, la documentación, las medidas y las soluciones del proyecto.
Antes de decidir, hablemos de tu local.
Una dirección y tu idea son un buen comienzo.
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